martes, 23 de junio de 2020

Reglamento de estudios y Códico ético de la UNADM

Para cubrir con la actividad 1 de la sesión 2, se comentarán los siguientes puntos con respecto al Reglamento de estudios de la UNADM, el primer punto comentado es el que refiere a los requisitos para que un estudiante solicite reinscripción a las asignaturas o semestre inmediato siguiente, los cuales son: No adeudar más de tres materias, o determinado número de ellas de acuerdo al modelo educativo, esto se estipula en el artículo 9; el siguiente es en el que se establece que el alumno podrá cursar la carga académica máxima, siempre y cuando cubra los siguientes requisitos: que haya cursado y acreditado de forma regular, el total de las asignaturas o módulos de los semestres anteriores y que las asignaturas o módulos estén disponibles para su registro en la plataforma electrónica, esto se encuentra el artículo 24; otro punto es que las evidencias de aprendizaje de los estudiantes deberán ser inédita y de la autoría original de los estudiantes, esto se establece en el artículo 29; también mencionar que los estudiantes podrán cursar cada asignatura hasta en dos ocasiones, la primera será considerada como ordinaria y la segunda como recursamiento, esto se encuentra en el artículo 32; para que un estudiante sea dado de baja de una asignatura o módulo tendría que ocurrir lo siguiente: cuando el estudiante no presente ninguna evidencia de actividades académicas durante un periodo de 21 días naturales consecutivos, esto de acuerdo con el artículo 40; otro punto es que los estudiantes tienen la obligación de cumplir con la totalidad del plan de estudios en un plazo que no exceda el 100% adicional al tiempo previsto del programa de estudios, esto estipulado en el artículo 45. El artículo 57 habla de los derechos de los estudiantes, el artículo 58 habla de las obligaciones de los mismo y el artículo 59 de las responsabilidades y las medidas administrativas, personalmente tendré que poner especial atención en el apartado que indica “Concluir los estudios en los términos y plazos señalados”, ya que tiendo a posponer y alargar este tipo de periodos.

Por otro lado, en el código de ética de la UNADM, en el apartado 2, titulado “Honestidad”, del cual se deriva el punto 3, habla del respeto a la propiedad intelectual de los compañeros y colaboradores, en el cual se declara que para hacer cumplimiento de este sentido de valor, es preferible otorgar reconocimiento a las obras y productos creados por otros.

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